¿Qué es el cobro de pensiones alimenticias a través de fondos de AFP?
En Causa Z, entendemos lo crucial que es asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimenticias.
La Ley 21.484, también conocida como la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos, ha venido a cambiar las reglas del juego, estableciendo un procedimiento especial para el cobro de deudas de pensiones alimenticias, incluso a través de los fondos de AFP.
A continuación, te explicamos cómo funciona este mecanismo y cuáles son sus principales implicancias.
Ley 21.484
La Ley 21.484 introduce un procedimiento especial para el cobro efectivo de las deudas por pensiones de alimentos, permitiendo que los tribunales adopten medidas más rápidas y efectivas para asegurar el pago. Cuando un tribunal ha decretado el pago de alimentos y la deuda está liquidada, puede iniciar una investigación del patrimonio del deudor, lo que incluye cuentas bancarias, instrumentos financieros y otros activos.
¿Qué medidas puede adoptar el Tribunal?
Ante el incumplimiento de una pensión alimenticia, el juez o jueza puede ordenar la retención de los fondos del deudor que se encuentren en cuentas bancarias u otros instrumentos financieros. Esta medida debe ser resuelta por el tribunal en un plazo de cinco días hábiles, lo que agiliza considerablemente el proceso.
Investigación del Patrimonio del Deudor
Para garantizar el pago de la deuda, el tribunal debe iniciar una investigación reservada del patrimonio del deudor en un plazo de tres días hábiles. Esta revisión se realiza a través de sistemas interconectados con la Comisión para el Mercado Financiero, el Servicio de Impuestos Internos y otros organismos del Estado. Así, el juez podrá verificar las cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario y otros instrumentos financieros del deudor.
¿Qué Sucede si se Encuentran Fondos?
Si durante la investigación se encuentran fondos del deudor, el tribunal tiene cinco días hábiles para ordenar a las instituciones financieras que informen los saldos y movimientos relevantes. Una vez recibida esta información, el juez tiene tres días hábiles para dictar una resolución que ordene el pago de la deuda con dichos fondos. Esta disposición asegura que los beneficiarios reciban lo que les corresponde de manera más expedita.
Medidas Cautelares y Prioridad en el Uso de Fondos
El tribunal puede decretar la retención cautelar de los fondos del deudor hasta cubrir el monto total de la deuda. Se priorizarán los fondos disponibles en cuentas bancarias y cuentas de ahorro previsional voluntario. Si estos no son suficientes, se recurrirá a la liquidación de otros instrumentos financieros que resulten más sencillos de convertir en efectivo.
Transferencia de Fondos por Parte de Instituciones Financieras
Las instituciones financieras tienen un plazo de quince días hábiles para realizar la transferencia ordenada por el tribunal. Si no lo hacen, serán solidariamente responsables del pago de la deuda, lo que impone una presión adicional para asegurar el cumplimiento oportuno de las órdenes judiciales.
¿Y si Aún No se Cubre la Deuda?
De manera extraordinaria, si con los fondos bancarios y financieros no se logra cubrir la totalidad de la deuda y el deudor debe al menos tres pensiones alimenticias continuas o discontinuas, el tribunal puede autorizar el uso de los fondos previsionales de la cuenta de capitalización individual del deudor. Esta medida solo se aplica a petición del demandante y bajo ciertas restricciones:
Hasta un 50% de los fondos si el deudor está a 15 años o menos de la edad de
jubilación.
Hasta un 80% si está entre 15 y 30 años de la edad de jubilación.
Hasta un 90% si está a más de 30 años de la edad de jubilación.
Restricciones Importantes
Es fundamental destacar que no se podrá disponer de los fondos previsionales de un deudor que ya reciba una pensión de invalidez o vejez, asegurando que estos recursos se mantengan protegidos en esos casos.
Conclusión
La Ley 21.484 representa un avance significativo en la protección de los derechos de los alimentarios, ofreciendo un camino claro y efectivo para el cobro de pensiones alimenticias adeudadas. En Causa Z, estamos comprometidos en asesorarte y guiarte a través de este proceso para garantizar que se cumplan tus derechos y los de tu familia. Si necesitas apoyo legal en estos casos, no dudes en contactarnos.
¡Estamos aquí para ayudarte!